Ayer lunes 7 de noviembre, el Tribunal Oral en lo Penal Económico (TOPE) 3 brindó públicamente los fundamentos de la sentencia del 13 de septiembre pasado por la cual se absolvió de culpa y cargo al ex presidente Carlos Saúl Menem y a otros 17 acusados en el marco del expediente que investigó el contrabando de armas a Ecuador y Croacia.
Lo más destacado de los fundamentos es que el TOPE 3 —con el voto afirmativo de los jueces Luis Imaz y Horacio Artabe y con la disidencia del Dr. Gustavo Losada, que consideró que Menem "consintió las indebidas exportaciones" y votó por condenarlo a siete años de prisión efectiva— sostuvo que en dicha causa hubo "inexistencia de delito"; es decir que, si bien reconoció que los hechos existieron —la "exportación" de armas a Ecuador y Croacia— esto "no constituye delito" esencialmente por tres causas:
1) El Estado no puede cometer contrabando "contra sí mismo". Argumento ridículo si los hay, ya que sí se pudo y de hecho se comentió el ilícito.
2) Si Menem aprobó la "exportación" de armas a Ecuador y a Croacia es porque formaba parte de la esfera de "reserva" y de "discrecionalidad" del Poder Ejecutivo Nacional, en este caso encabezado por el riojano. La discrecionalidad no evita per sé la comisión de un eventual delito.
3) El riojano sabía de la venta de armas a Croacia y Ecuador, pero se trató de una "decisión de política exterior" en "una fina sintonía con la geopolítica de los Estados Unidos" y "no un designio criminal encaminado a consumar el delito de contrabando". ¿Esto significa que, si el "gran país del norte" hubiera decidido vender estupefacientes o tecnología nuclear en vez de armas, también se trataría de una mera "decisión de política exterior"?
No hace falta razonar lo ilógico, irracional e ilegal de estos fundamentos, dado que el envío de armas a Ecuador y a Croacia fueron actos abiertamente ilegales. En el caso de Ecuador, por el hecho de que dicho país se encontraba en guerra contra Perú y la Argentina era garante de la paz entre dichos países.
En el caso de Croacia, el envío de armas a este país estaba expresamente prohibido por el embargo decretado por las Naciones Unidades contra esa nación balcánica.
Por otra parte, en los decretos que firmó Carlos Menem se consignaron mendazmente "exportaciones" a Venezuela y a Panamá y no a Ecuador y a Croacia, por lo que los fundamentos brindados en el día de la fecha no sólo son ilógicos e irracionales, sino que son "contra legem", es decir, contrarios a la ley, y por ende constituyen un verdadero "escándalo jurídico".
Abogados del diablo
Los encargados en estas horas de apelar a Casación la sentencia que absolvió a Menem son la cuestionada jefa del departamento Judicial de la Aduana, la abogada kirchnerista Liliana Alasia y su marido, el también cuestionado fiscal Marcelo Agüero Vera.
Es dable destacar a ese respecto que, tal como publicó Tribuna de Periodistas, en reuniones en las que ha participado la citada Alasia junto a Pedro Roveda, Ricardo Echegaray y el asesor jurídico externo de éste último, Eloy Roldán —junto al nuevo fiscal de la causa de marras, el mencionado Agüero Vera—, se habrían puesto de acuerdo en interponer un recurso de Casación "light" contra la sentencia del 13 de septiembre (1).
Es decir, todo un maquillaje para que los medios no hablen más del pacto Menem-Cristina, dato que ya le costó el puesto al ex abogado aduanero Carlos Lobos Oroño y cuya suerte no desean correr los nuevos letrados que se hagan cargo de dicha querella.
Atento al pacto Menem-Cristina en ciernes, denunciado oportunamente por Tribuna, sumado a que el ex mandatario riojano ganó las elecciones del 23 de octubre para senador nacional llevando en La Rioja la boleta del "Frente para la Victoria", sería conveniente que el oficialismo explicara por qué persiste en encubrir uno de los delitos más aberrantes de la historia argentina como ha sido el millonario contrabando de armas.
En sentido similar, teniendo en cuenta que el fiscal de la causa, Agüero Vera y la abogada Alasia son cónyuges —ambos de filiación kirchnerista—, sería conveniente que uno y otro se excusaran de continuar trabajando en dicho expediente.
Ello no solo no ocurrirá, sino que el Recurso de Casación que va a interponer Alasia es una burda copia del recurso que va a presentar su marido, Agüero vera.
Mucho puede decirse a esta altura, pero una sola cosa ha quedado clara: la impunidad de Carlos Menem quedó sellada de manera oficial.
Christian Sanz
Twitter: @cesanz1
(1) De más está decir que el Recurso de Casación que la Aduana y la Fiscalía deben interponer antes del 21 de noviembre fue redactado por el abogado Eloy Roldán bajo estricta supervisión de Alasia, Roveda y el Jefe de la AFIP Ricardo Echegaray.